
La jueza de Impugnación Laura Casas ordenó la liberación del adolescente de 17 años que había sido detenido por llevar un arma a una escuela de San Miguel de Tucumán, al considerar que la prisión preventiva dictada en primera instancia resultaba excesiva. La medida fue tomada luego de un pedido de impugnación por parte de la defensa y de un lapidario informe presentado por la Comisión Nacional de Prevención contra la Tortura en calidad de Amicus Curiae.
En su presentación, la Comisión advirtió falencias estructurales en el instituto de menores Cura Brochero, inaugurado recientemente por la Provincia y alojado en el Complejo Penitenciario de Benjamín Paz. Además de la violación a los estándares de derechos humanos y a la Ley de Salud Mental, el informe advierte por una «contaminación carcelaria» con «un daño psíquico irreparable» en los menores detenidos.
La medida revoca la prisión preventiva de 59 días que había dictado la jueza Elizabeth Myriam Raddi y reabre el debate sobre el rol del Estado frente a problemáticas juveniles.
Un encierro cuestionado desde el inicio
El joven había sido alojado en el Instituto Socioeducativo Cura Brochero tras ser imputado por portación de arma de guerra. Sin embargo, la decisión fue duramente criticada por considerarse un «encierro apresurado» sin un abordaje integral, pese a tratarse de un menor en situación de vulnerabilidad.
Según planteos posteriores, la medida buscaba que especialistas realizaran un diagnóstico conductual, pero terminó exponiendo al adolescente a un sistema con características penitenciarias.
Dudas sobre el lugar de detención
El alojamiento en el instituto también quedó bajo la lupa. Aunque presentado como un espacio diferenciado, se advirtió que funciona dentro del predio carcelario de Benjamín Paz, lo que implica un entorno punitivo y no adecuado para menores.Especialistas señalaron que estas condiciones no garantizan protección real y pueden afectar cualquier evaluación clínica.
Cabe recordar que anteriormente algunos inspectores del Tribunal de Cuentas habían detectado irregularidades en la habilitación del pabellón 8 -hoy denominado Cura Brochero-, señalando que la obra ya estaba ejecutadas cuando intervino el organismo de control, lo que expuso fallas en los mecanismos de supervisión estatal.
Intervención por posibles violaciones a derechos
Desde la, advirtieron que. Además, sostuvieron que utilizar el encierro como herramienta para evaluar la salud mental. Desde la Comisión Provincial para la Prevención de la Tortura, advirtieron que la detención podía generar un «daño psíquico irreparable» en el adolescente. Además, sostuvieron que utilizar el encierro como herramienta para evaluar la salud mental viola estándares internacionales de Derechos Humanos y la Ley de Salud Mental 26.657.
Finalmente, tras la impugnación de la defensa, el Tribunal de Impugnación a cargo de la jueza Laura Julieta Casas resolvió revocar la medida. El adolescente recuperó la libertad y continuará el proceso fuera de un entorno de encierro.



