EDET fue multado con más de $15 millones por incumplimiento.

Un vecino de Concepción denunció a la empresa distribuidora de energía por no respetar un acuerdo conciliatorio para regularizar una deuda de $700.000. Comercio Interior consideró acreditado el incumplimiento y aplicó una millonaria sanción.

La distribuidora eléctrica EDET S.A. volvió a quedar bajo la lupa de la autoridad de Defensa del Consumidor. En esta oportunidad, la sanción surgió a partir de una denuncia presentada por un vecino de Concepción, Ángel Eduardo Arquez, quien cuestionó el incumplimiento de un acuerdo alcanzado con la empresa para regularizar una deuda.

Según surge del expediente, el consumidor había acordado cancelar una deuda de $700.000 en dos cuotas de $350.000. Sin embargo, cuando intentó cumplir con los pagos pactados, se habría encontrado con un nuevo obstáculo: desde la empresa le informaron que no podía efectuar el pago debido a la existencia de otras deudas pendientes.

El vecino volvió a realizar reclamos con el objetivo de encontrar una solución y hacer efectivo el acuerdo, pero, de acuerdo con las actuaciones administrativas, tampoco habría obtenido una respuesta satisfactoria.

Un acuerdo homologado que, según Comercio Interior, no se cumplió

Ante la situación planteada, la Dirección de Comercio Interior, a cargo del Dr. Manuel Canto, imputó a EDET por el presunto incumplimiento del acuerdo conciliatorio homologado ante la autoridad competente.

La conducta fue encuadrada como una infracción al artículo 46 de la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor, que establece la obligatoriedad del cumplimiento de los acuerdos conciliatorios celebrados en el marco de los procedimientos de defensa del consumidor.

La empresa fue debidamente notificada de la imputación. Sin embargo, no presentó descargo, según consta en las actuaciones.

El desenlace fue contundente: Comercio Interior resolvió sancionar a EDET con una multa de $15.763.461,40, equivalente a 10 Canastas Básicas del Hogar Tipo III.

Pero la sanción no termina allí. La resolución también establece que la empresa deberá publicar la decisión en un diario de mayor circulación, además de afrontar los costos derivados de dicha publicación.

Cuando un acuerdo deja de ser una promesa

El caso vuelve a poner sobre la mesa una cuestión central en cualquier relación entre empresas y consumidores: **un acuerdo celebrado ante la autoridad administrativa no es una simple declaración de buenas intenciones.

Cuando una empresa acepta una propuesta conciliatoria y esta es homologada, adquiere la obligación de cumplirla en los términos establecidos. Si no lo hace, puede quedar expuesta a sanciones económicas importantes.

Y en este caso, la diferencia entre la deuda que el consumidor buscaba regularizar y la sanción aplicada resulta significativa: frente a un conflicto originado por una deuda de $700.000, la multa administrativa alcanzó los $15,7 millones.

Desde Comercio Interior remarcaron precisamente ese criterio: los acuerdos alcanzados ante la autoridad de Defensa del Consumidor deben cumplirse y su incumplimiento puede derivar en sanciones de considerable magnitud.

El expediente deja así un mensaje claro para empresas y consumidores: lo que se firma y homologa ante la autoridad de aplicación obliga a las partes. Y no cumplir puede salir mucho más caro que resolver el conflicto original.