La Justicia dejó sin efecto el fallo que suspendía la aplicación de la reforma laboral.

Javier Milei se refirió a la reactivación de la reforma laboral

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo resolvió modificar el efecto concedido al recurso de apelación presentado por el Estado nacional en la causa que discute la reforma laboral y dejó sin efecto la medida cautelar que había suspendido la aplicación de una parte significativa de la ley. La decisión fue adoptada por la Sala VIII del tribunal, integrada por la jueza María Dora González y el juez Víctor Arturo Pesino.

La resolución se dictó en el expediente “Confederación General del Trabajo de la República Argentina c/ Estado Nacional – Poder Ejecutivo Nacional s/ acción declarativa”, en trámite ante el Juzgado N° 63, y revisa el alcance del recurso interpuesto por el Estado contra la medida cautelar innovativa dictada el 30 de marzo.

Según surge de la resolución de Cámara, el Estado había apelado esa decisión y el recurso fue concedido el 7 de abril “en relación y con efecto devolutivo”, lo que implicaba que la cautelar seguía vigente durante la tramitación de la apelación. Frente a ese encuadre, el Estado se presentó en queja para que se modificara el efecto del recurso y se le otorgara carácter suspensivo.

La aplicación de la reforma laboral aprobada en el Congreso había sido suspendida en todo el país a raíz de una medida cautelar dictada por el juez Raúl Ojeda. El Movimiento Empresarial Antibloqueos denunció al magistrado y señaló “abuso de poder” en la resolución que mantiene interrumpidas las nuevas disposiciones. El caso impacta especialmente a las pequeñas y medianas empresas (pymes)