El máximo tribunal de la República dio un paso doctrinario determinante al publicar el «Compendio de Jurisprudencia sobre Femicidios 2026», un documento institucional que busca unificar criterios procesales con perspectiva de género en todo el país.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación seleccionó 24 sentencias emblemáticas emitiendo un mensaje contundente: entre ellas resalta de manera sobresaliente el fallo tucumano de la Cámara Contencioso Administrativa que condenó al Gobierno de la Provincia de Tucumán y al exjuez de Instrucción Juan Francisco Pisa por la responsabilidad civil derivada de la «falta de servicio» que derivó en el femicidio de la docente de inglés Paola Tacacho.
El documento, elaborado por la Oficina de la Mujer sobre causas relevadas entre 2017 y 2024, sistematiza sentencias clave emitidas entre 2020 y 2025. Aunque la mayoría de los expedientes del compendio ratifican condenas a prisión perpetua bajo los agravantes de vínculo y violencia de género (artículo 80, incisos 1 y 11, del Código Penal), la publicación destaca un grupo calificado de tres causas —Mendoza, Salta y Tucumán— donde se juzgó y condenó la responsabilidad patrimonial de las provincias. En el caso tucumano, la resolución adquirió un carácter institucional único al sumar la condena personal a un magistrado por omisión antijurídica e inacción previa al ataque definitivo.
Las 13 alertas ignoradas, la falta de servicio y la condena a Pisa
El fallo de la Sala I de la Cámara Contencioso Administrativa tucumana, firmado por los camaristas Juan Ricardo Acosta y María Florencia Casas, estableció la relación de causalidad entre las omisiones del aparato estatal y el trágico desenlace ocurrido el 30 de octubre de 2020, cuando Paola fue asesinada en pleno centro capitalino por su acosador, Mauricio Parada Parejas, quien posteriormente se suicidó:
Sistemática desatención institucional: A lo largo de casi cinco años, Paola Tacacho radicó al menos 13 denuncias penales alertando sobre el acoso ininterrumpido. La falta de un registro unificado y la fragmentación de las causas impidieron articular medidas cautelares efectivas.
El «error inexcusable» del juez: La sentencia reprochó la actuación del entonces juez de Instrucción Juan Francisco Pisa, quien sobreseyó a Parada Parejas en 2017 en una causa por desobediencia judicial, omitiendo actualizar antecedentes y dilatando los plazos. Pisa fue destituido en juicio político en noviembre de 2021.
Un hecho evitable: Los camaristas enfatizaron que el femicidio no fue un acontecimiento aislado o inesperado, sino el «corolario de una escalada de violencia que la víctima padecía hacía casi cinco años», configurando una falta de servicio grave que derivó en una reparación económica de $36,4 millones para Mariela Tacacho, madre de la víctima.
La prueba indiciaria y la debida diligencia reforzada
Un apartado central del informe analizado por Montero radica en las pautas de valoración probatoria que la Corte exige imponer a los tribunales del país. La violencia machista opera habitualmente en la penumbra del ámbito privado o bajo mecanismos de amedrentamiento donde la presencia de testigos presenciales resulta excepcional. Por ello, la Corte Suprema ratifica que exigir pruebas directas en este tipo de delitos equivale a consolidar un umbral de impunidad inaceptable.
El compendio establece que la certeza jurídica debe construirse de forma armónica a través de la prueba indiciaria: denuncias previas, peritajes, conductas de hostigamiento y patrones de control. El tribunal supremo recuerda la aplicación obligatoria de la Convención de Belém do Pará, la CEDAW, las 100 Reglas de Brasilia y las leyes nacionales 26.485 y Micaela. Con este precedente, la inacción judicial y administrativa ya no es leída únicamente como una falla burocrática, sino como una vulneración a los derechos humanos que compromete de manera directa la responsabilidad del Estado.




