La Sociedad Aguas del Tucumán (SAT) quedó bajo la lupa a partir de un informe difundido por el programa televisivo El Avispero, que cuestionó el modo en que la empresa estatal lleva adelante sus procesos de cobro judicial.
Según lo expuesto durante la emisión, existirían diferencias en el tratamiento de determinados deudores. El programa señaló que, mientras usuarios particulares enfrentan intimaciones y ejecuciones judiciales, en algunos expedientes vinculados a figuras empresariales y políticas la SAT habría solicitado suspender los plazos procesales para avanzar en negociaciones.

El informe presentó como ejemplo dos causas judiciales en las que la empresa inició acciones para cobrar deudas y posteriormente pidió frenar el avance de los expedientes con el objetivo de alcanzar acuerdos.
El caso de Germán García Hamilton
Uno de los expedientes mencionados involucra a Germán García Hamilton, a quien el programa identificó como accionista de un diario centenario de Tucumán.
De acuerdo con la documentación exhibida en El Avispero, la SAT inició un juicio ejecutivo por una deuda de $266.634,84.
En una primera instancia, la prestataria habría solicitado que se dictara sentencia, con el correspondiente reclamo de intereses y costas, además de un embargo ejecutivo.
Sin embargo, pocos días después, según el informe, el abogado de la SAT solicitó la suspensión de los plazos procesales, argumentando que se habían iniciado conversaciones para alcanzar un acuerdo conciliatorio. La Justicia hizo lugar al pedido.
Otro expediente: Edmundo Javier Jiménez
El segundo caso presentado corresponde a Edmundo Javier Jiménez, señalado en el programa como hijo del Ministro Público Fiscal.
En este expediente, la deuda reclamada por la SAT ascendía a $41.059,62.
La Justicia había dictado una sentencia monitoria que ordenaba abonar el capital reclamado, los intereses y las costas. Además, establecía que, ante la falta de pago, podía avanzarse con un embargo y contemplaba incluso el auxilio de la fuerza pública para concretar la medida.
Según la documentación difundida por El Avispero, posteriormente la propia SAT solicitó nuevamente suspender el avance del expediente para negociar un acuerdo con el deudor.
La pregunta sobre los criterios de la SAT
El programa aclaró que negociar una deuda no constituye, por sí mismo, una conducta ilegal y que puede ser una alternativa válida antes de avanzar con una ejecución judicial.
El cuestionamiento planteado apunta a determinar si existe un criterio uniforme para todos los usuarios o si determinadas personas reciben un tratamiento diferente.
En ese sentido, el informe contrastó estos expedientes con los reclamos de usuarios que aseguran haber recibido intimaciones, afrontar honorarios y quedar expuestos a ejecuciones judiciales sin una instancia posterior de negociación.
¿Existe un criterio general para suspender los juicios?
A partir de los casos expuestos, El Avispero reclamó explicaciones a las autoridades de la SAT sobre el funcionamiento de los mecanismos de cobro.
Entre las preguntas planteadas aparecen qué criterio utiliza la empresa para suspender un juicio, con qué deudores se celebran acuerdos y quién determina cuándo una deuda puede negociarse y cuándo se avanza directamente hacia un embargo.
El informe dejó así instalada la discusión sobre si existe en Tucumán un tratamiento diferente entre los usuarios comunes y determinados deudores, una cuestión que deberá ser respondida por las autoridades de la empresa.




