La Justicia provincial rechazó el pedido de la Justicia Federal para hacerse cargo de la causa por la agresión al diputado nacional Federico Pelli y resolvió mantener la competencia en el ámbito local. Ante el conflicto planteado entre ambos fueros, el expediente fue elevado a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que deberá definir quién continuará con la investigación.
La decisión fue adoptada por el juez del Colegio de Jueces de Concepción, Raúl Robín Márquez, en coincidencia con la postura del Ministerio Público Fiscal. El magistrado se declaró competente para seguir interviniendo en la causa, caratulada como “lesiones graves agravadas por alevosía”, que tiene como único imputado a Claudio Marcelo “Pichón” Segura, actualmente con prisión preventiva por el plazo de cuatro meses en el penal de Benjamín Paz.
El planteo de la Justicia Federal había sido formalizado a través de un oficio inhibitorio remitido por el Juzgado Federal N° 2 de Tucumán, en línea con el criterio del fiscal federal general. Entre los argumentos, se señalaba que el hecho ocurrió sobre la ruta nacional 157 y que la víctima es un diputado nacional, además de invocar razones de mejor administración de justicia y el principio de “non bis in idem”.
Sin embargo, el juez Robín Márquez desestimó esos fundamentos al considerar que no se configuran los supuestos que habilitan la intervención del fuero federal. En ese sentido, remarcó que no se acreditó afectación alguna al tránsito interjurisdiccional, a servicios públicos federales ni a intereses del Estado nacional.
Asimismo, descartó la existencia de investigaciones paralelas que pudieran derivar en una doble persecución penal, por lo que consideró que la invocación del principio de “non bis in idem” carece de sustento concreto en este caso. También señaló que el criterio de “mejor administración de justicia” no puede ser utilizado de manera autónoma para desplazar la competencia natural de los tribunales ordinarios.
El magistrado sostuvo que, en esta etapa, el hecho presenta las características de un delito común contra la integridad física, sin elementos que justifiquen su traslado a la Justicia Federal.
Por su parte, la defensa del diputado Pelli acompañó esta postura y remarcó que el fuero federal es de carácter excepcional, por lo que la causa debe continuar en la órbita provincial.
El episodio que dio origen a la causa ocurrió el 11 de marzo, cuando Pelli se encontraba en La Madrid junto a referentes políticos para asistir a vecinos afectados por las inundaciones. En ese contexto, y mientras caminaba por la ruta 157, fue interceptado por Segura, quien tras un breve intercambio de palabras le propinó un violento cabezazo en el rostro.
A partir de allí, la investigación avanzó en el Centro Judicial de Concepción, donde ya se realizaron audiencias para la formulación de cargos, el dictado de la prisión preventiva y el tratamiento de planteos de la defensa.
Con posiciones contrapuestas entre la Justicia provincial y la federal, ahora será la Corte Suprema de Justicia de la Nación la que deberá resolver la disputa de competencia y definir en qué fuero continuará el caso.




