En el marco del plan preventivo por el fenómeno del Súper Niño, el Senado de Mendoza le dio sanción final a un proyecto de modificación al Código Contravencional que establece el endurecimiento de multas hasta el arresto para quienes contaminen canales, zanjones y acequias.
La iniciativa reunió proyectos impulsados por el peronismo y Cambia Mendoza, puntualmente de los diputados Gustavo Perret (PJ), Franco Ambrosini (UCR) y la exlegisladora Cecilia Rodríguez (UCR).

El intendente de Capital, Ulpiano Suárez, reimpulsó la iniciativa en el marco del Súper Niño y el oficialismo aceleró su tratamiento en las últimas semanas, tomando el texto original de Perret como principal, por lo que logró aprobación por unanimidad en ambas cámaras.
La ley fue remitida al Poder Ejecutivo para su promulgación y se complementa con el proyecto enviado a la Legislatura por el gobernador Alfredo Cornejo para declarar la emergencia por riesgo hidrometeorológico y climático en todo el territorio provincial durante 180 días.

La ministra de Seguridad y Justicia, Mercedes Rus, celebró la sanción final y sostuvo: «El que ensucia, paga. Y ahora, además, repara el daño».
Además sostuvo que «esto hace al sistema de seguridad y emergentología de la Provincia» y puso en valor que «lo recaudado por estas multas será destinado a los Bomberos Voluntarios con certificado de operatividad».
Por su lado, el intendente Suárez manifestó: «Esto no tiene banderas políticas, y está bien que así sea. Tener las acequias y los canales limpios va más allá de que la ciudad se vea linda o de cuidar el ambiente: ante la posibilidad de que aumenten las lluvias con el fenómeno de El Niño, es también una cuestión de seguridad para los mendocinos».
«Contaremos con una muy buena herramienta para que, junto a los demás intendentes, podamos profundizar el cuidado de nuestros cauces y de nuestros vecinos en toda la provincia», agregó el jefe comunal de Capital.
Multas de hasta $1,2 millones y arresto por contaminar
Uno de los cambios alcanza al artículo 127 del Código Contravencional, referido al cuidado de la higiene de bienes públicos y privados. La norma contempla vías, plazas, paseos, parques, senderos, puentes, acequias, canales, colectores y cursos de agua, además de los frentes, viviendas y terrenos.
Para quienes arrojen o acumulen escombros, residuos, malezas, aguas servidas o metales, la nueva legislación establece multas de entre 1.000 y 2.000 Unidades Fijas. De acuerdo con el valor vigente durante este año, representan aproximadamente entre $600.000 y $1,2 millones.
Pero la sanción no quedará limitada a la multa. La reforma incorpora la posibilidad de arresto de 10 a 20 días y hasta 30 días de trabajo comunitario destinado a tareas de limpieza. Además, quienes sean sancionados deberán afrontar los costos que demande la limpieza, remoción y traslado de los residuos.
Cuando la infracción sea cometida por un menor de edad, la responsabilidad será solidaria de sus padres, madres, tutores o guardadores, bajo las condiciones establecidas por la normativa.
Una sanción específica para canales, acequias y cauces
La principal novedad de la reforma es la incorporación del artículo 138 quinquies, que establece una protección específica para la infraestructura hídrica y de drenaje de Mendoza.
La disposición alcanza a canales, colectores, acueductos, cauces de agua, cauces aluvionales, hijuelas, acequias, obras de toma, derivaciones y otras instalaciones destinadas al drenaje pluvial.
La norma sanciona el depósito o arrojo de residuos, escombros, malezas, aguas servidas, efluentes contaminantes, objetos o metales que puedan provocar obstrucciones, contaminación, desbordes o daños.
En estos casos, las multas serán más elevadas: irán de 1.500 a 3.000 Unidades Fijas, que actualmente equivalen aproximadamente a entre $900.000 y $1,8 millones. También podrá aplicarse arresto de 15 a 25 días y 25 días de trabajo comunitario de limpieza.




