Ley de Inocencia Fiscal: sobreseen a Lázaro Báez en una causa por evasión

El Tribunal Oral en lo Penal Económico Nº3 benefició al empresario, a sus hijos y a otros imputados al aplicar la nueva normativa, un día antes del inicio del juicio oral.

La aplicación de la denominada Ley de Inocencia Fiscal, impulsada por el gobierno de Javier Milei, modificó el escenario judicial del empresario Lázaro Báez, quien fue beneficiado con un sobreseimiento parcial en una causa por presunta evasión impositiva.

La decisión fue adoptada por el Tribunal Oral en lo Penal Económico N°3, que también dispuso el cierre parcial de la causa para sus hijos y otros once imputados, en el marco de la investigación sobre la firma Austral Construcciones SA.

El expediente analizaba la falta de pago de impuestos como IVA, Ganancias y otros tributos entre 2010 y 2014, con montos millonarios. Sin embargo, la entrada en vigencia de la nueva ley elevó los umbrales a partir de los cuales se configura el delito de evasión.

En concreto, la normativa establece que la evasión simple requiere montos superiores a $100 millones por tributo y por año, mientras que para la evasión agravada el piso asciende a $1.000 millones. Este cambio fue determinante para la resolución judicial.

A partir de esa modificación, las defensas solicitaron el sobreseimiento al sostener que los montos investigados quedaron por debajo de los nuevos límites legales.

El Tribunal Oral en lo Penal Económico Nº3 benefició al empresario, a sus hijos y a otros imputados al aplicar la nueva normativa, un día antes del inicio del juicio oral.

El fiscal general Diego Velasco se opuso a esa interpretación y pidió avanzar con el juicio. Según planteó, la ley representa “una actualización de montos” para compensar la inflación y no una modificación sustancial del tipo penal.

No obstante, el tribunal —integrado por los jueces Fernando Machado Pelloni, Karina Perilli y Jorge Zabala— rechazó esa postura y resolvió aplicar el principio de ley penal más benigna.

En ese sentido, la jueza Perilli citó los fundamentos del Poder Ejecutivo al impulsar la norma, que apuntan a “racionalizar la normativa penal tributaria vigente” y a “castigar de manera proporcional, efectiva y focalizada aquellas conductas que impliquen un perjuicio real y significativo a la hacienda pública”.

Los montos y el alcance del fallo
El fallo detalla que, en la mayoría de los períodos analizados, los montos no superaban los nuevos umbrales establecidos por la ley.

En 2010: cifras por debajo del límite en IVA y Ganancias
En 2011: valores cercanos pero inferiores al piso legal
En 2013 y 2014: montos significativamente menores
El único período que excede el nuevo umbral es 2012, donde las cifras superaron los $100 millones, por lo que esa parte de la causa continuará en juicio.

Como resultado, el tribunal dispuso el sobreseimiento parcial de Lázaro Báez y de sus hijos Martín y Luciana, mientras que Leandro Báez fue sobreseído en su totalidad. La medida también alcanzó, con distintos alcances, a otros imputados vinculados a la empresa.

Otro frente judicial abierto

En paralelo, la Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó un planteo de la defensa de Báez en otra causa por presunta evasión y aportes a la seguridad social.

Con los votos de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, el máximo tribunal desestimó el recurso al considerar que no se trataba de una sentencia definitiva.

La defensa había argumentado que las obligaciones tributarias ya habían sido saldadas en el marco de la quiebra de Austral Construcciones, con pagos cercanos a los 600 millones de pesos. Sin embargo, tanto la fiscalía como el organismo recaudador cuestionaron esa postura.

Según indicaron, los delitos tributarios no admiten reparación integral y además no estaba acreditado el pago en las condiciones exigidas por la ley.

De esta manera, mientras una causa se reconfigura por la aplicación de la nueva legislación, otro expediente judicial contra Báez continúa su curso, en un escenario que vuelve a poner en debate los alcances de la política penal tributaria en la Argentina.