Cerca de un 10% de los jubilados y pensionados de todo el país, alrededor de 183.000 personas, sufren el cobro del Impuesto a las Ganancias en sus haberes, pero existe jurisprudencia que ordena suspender estas retenciones e incluso devolver lo descontado.
Mientras la discusión pública en general se concentra en los trabajadores activos y en los retirados que cobran haberes más bajos por ser los más vulnerables, queda fuera del foco este sector que sí tributa el impuesto y, en muchos casos, desconoce que puede cuestionarlo judicialmente.
Se trata de adultos mayores que cobran haberes brutos superiores a $3.145.392, cifra equivalente a una jubilación mínima ($393.000) multiplicada por ocho, y que desde que trabajaban activamente vienen sufriendo la aplicación del impuesto.
«Como en actividad nunca pueden hacer nada porque no hay ningún fallo de la Corte Suprema al respecto, cuando se retiran, continúa esa retención y piensan que tampoco se puede hacer un reclamo, pero se puede iniciar una demanda contra ARCA», la Agencia de Recaudación y Control Aduanero, aclaró Pisano.
Cómo es el trámite judicial para suspender Ganancias en jubilaciones.
Se solicita una medida cautelar para que dejen de retener el impuesto, trámite que en la Justicia en lo Contencioso Administrativo Federal demora alrededor de 4 meses
Se plantea una acción de inconstitucionalidad sobre el impuesto y se logra sentencia favorable firme en alrededor de dos años.
En general, en esos fallos los magistrados ordenan devolver los importes retenidos en los últimos cinco años en concepto del tributo.
En las únicas jurisdicciones donde estos reclamos actualmente no se resuelven de forma favorable es en La Plata y en Comodoro Rivadavia y es necesario llegar a la Corte Suprema, aseguró el especialista.
En los tribunales de primera y segunda instancia del resto del país se aceptan las demandas porque el 26 de marzo de 2019 la Corte Suprema de Justicia de la Nación dictó un fallo en el que consideró inconstitucional el cobro del Impuesto a las Ganancias a los jubilados.
Fue en el caso de una jubilada entrerriana, María Isabel García, de 79 años, en el que el máximo tribunal entendió que la jubilación y la pensión no son ganancia porque tienen una naturaleza social y por la vulnerabilidad que caracteriza a ese sector.
Sólo el año pasado, la CSJN recibió 58.424 nuevas causas, de las cuales 32.133 fueron presentaciones de la ANSES para apelar juicios iniciados por los jubilados y pensionados.
En 2025, entraron a la Corte la mayor cantidad de causas de los últimos 11 años, (casi 60.000), pero un dato llamativo es que la mayoría ingresó a la Secretaría Previsional de la Corte, que concentró el 71,56% del total de casos (41.806).




