El circo mediatico contra un fallo judicial

La inocencia de Luis Fernando Sacca

La causa YMAD dejó una conclusión que no admite ambigüedades: la inocencia de
Luis Fernando Sacca quedó plenamente acreditada. Tras más de quince años de
investigación judicial, el debate oral produjo una prueba concluyente, seria y
coherente que demostró la inexistencia de delito.

Lejos de cerrar definitivamente una etapa, el caso expone una paradoja preocupante: aun cuando la verdad fue probada, la persecución continúa.

La causa YMAD dejó una conclusión que no admite ambigüedades: la inocencia de Luis Fernando Sacca quedó plenamente acreditada.

Durante todo el proceso se intentó instalar la idea de una defraudación a la administración pública y de un incumplimiento de deberes funcionales. No obstante, el juicio oral desmanteló por completo esa hipótesis. Las pericias contables oficiales, la prueba documental y las declaraciones testimoniales fueron coincidentes: no existió perjuicio económico alguno para la Universidad Nacional de Tucumán, requisito esencial para la configuración del delito de defraudación.

Más aún, quedó acreditado que las operaciones financieras cuestionadas no solo fueron legales, sino que resultaron beneficiosas para la institución.

Esta realidad fue tan contundente que el propio Ministerio Público Fiscal, en su alegato final, desistió de sostener la acusación por defraudación, reconociendo implícitamente su inviabilidad jurídica. Cuando el titular de la acción penal abandona la acusación principal por falta de prueba, queda expuesta la debilidad estructural del caso.

Pese a ello, la querella insistió en una acusación sin sustento, prolongando un proceso que ya había perdido toda razonabilidad. El Tribunal, aun reconociendo que no se alcanzó certeza para condenar, optó por una absolución fundada en el beneficio de la duda. Esa fórmula, válida cuando existe incertidumbre razonable, resulta improcedente cuando la prueba demuestra con claridad que el hecho no existió y que el imputado actuó conforme a derecho.

No se trata de una discusión menor ni de un tecnicismo jurídico. En el derecho penal,
la absolución por duda implica que persiste una sombra de sospecha. En cambio, cuando la prueba es clara y convergente, corresponde la absolución lisa y llana. La inocencia no se presume: se acredita. Y en el caso de Sacca, esa acreditación fue plena.

Durante todo el proceso se intentó instalar la idea de una defraudación a la administración pública y de un incumplimiento de deberes funcionales.

La defensa técnica sostuvo estos argumentos en el recurso de casación interpuesto, señalando que aplicar el principio in dubio pro reo en un escenario de certeza negativa esto es, certeza de que no hubo delito; constituye una forma de arbitrariedad y vulnera garantías constitucionales básicas como el debido proceso, la igualdad de armas y el derecho de defensa.

El problema no se agota en la calificación jurídica de la absolución. La prolongación
innecesaria del proceso, la persistencia de la acusación aun frente a pruebas concluyentes y la negativa a imponer costas a la querella vencida revelan una utilización distorsionada del proceso penal, con consecuencias personales, profesionales y morales gravísimas para quien fue injustamente acusado.

El derecho penal es la herramienta más severa de la que dispone el Estado. Su uso
indebido, o su prolongación sin sustento probatorio, erosiona la confianza en las
instituciones y daña el Estado de Derecho. Cuando se demuestra que no hubo delito,
la respuesta judicial debe ser clara y completa.

El caso Sacca interpela al sistema judicial y a la sociedad. No alcanza con absolver: es necesario decir con claridad que no hubo delito, reparar el daño causado y asumir
que la persecución injustificada también genera responsabilidad institucional.