
Una vecina de la Ciudad de Buenos Aires fue condenada judicialmente a pagar una indemnización de $1.500.000 tras difundir comentarios agraviantes contra la administradora de su edificio.
El conflicto se originó cuando la demandada compartió diversos audios y mensajes de texto en un grupo de WhatsApp integrado por los propietarios del consorcio ubicado sobre la calle Dellepiane.
Las expresiones cuestionaban severamente el desempeño profesional y ponían en duda la honestidad de la encargada de la gestión.
El origen del conflicto vecinal y la demanda que le impuso la Justicia la le por una multa por $1.500.000
El episodio comenzó a fines de abril de 2024, momento en el cual la damnificada tomó conocimiento de los dichos divulgados en la aplicación de mensajería instantánea.
Ante esta situación, la administradora decidió iniciar acciones legales por daños y perjuicios, al considerar que su reputación comercial y su honor personal habían sido gravemente vulnerados frente a sus vecinos.
En la primera etapa del proceso, un juzgado civil hizo lugar parcialmente al reclamo y fijó una compensación económica inicial.
No obstante, disconformes con el monto establecido, los representantes legales apelaron la decisión para exigir una retribución mayor que contemplara el verdadero impacto de la difamación en el ámbito laboral.
La resolución de la Cámara y el fallo definitivo
Recientemente, la Sala F de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil evaluó los elementos presentados y resolvió elevar el monto resarcitorio a un millón y medio de pesos.
Los magistrados destacaron que la masividad de la plataforma digital amplificó los perjuicios morales.
El tribunal remarcó que los mensajes difundidos tenían la capacidad real de poner en riesgo la fuente de ingresos de la trabajadora.
Por este motivo, se impusieron también las costas procesales a la vecina demandada, marcando un claro precedente sobre los límites de la convivencia consorcial y el uso responsable de las redes sociales en Argentina.



