En el juicio contra la testigo Virginia Nazarena Mercado, en las cuestiones preliminares Alberto Lebbos, con el patrocinio del abogado Juan Abraham Musi (h) solicitó ser considerado parte querellante, por haberse desempeñado en ese carácter en la causa originaria: «Autores desconocidos s/homicidio», víctima Paulina Lebbos en donde se le otorgó ese rol en base al derecho a la Verdad, y porque resulta de conocimiento público que su nieta Leticia está ausente de Tucumán y reside en Río Negro.
El Juez Eduardo Romero Lascano ratificó una providencia por el cual le deniega ese carácter de querellante, dado que formalmente le corresponde a la hija de Paulina. El letrado Musi (h) explicó que está cuestión está siendo recurrida y que en base al actual criterio sentado en el Caso «Aguiar de Lapacó, Carmen», debieran aceptarlo.
Que, en aquel planteo Internacional ante la CIDH, se produce un Acuerdo de Solución Amistosa, por la cual la Sra. Lapacó, en noviembre de 1999 (aprobado por el Informe 21/00) logra que el Estado argentino asuma compromisos fundamentales respecto al Derecho a la Verdad: Así el Estado argentino aceptó explícitamente este derecho y dijo que «es una obligación de medios (no de resultados), imprescriptible e inalienable, que exige agotar todos los recursos para esclarecer la suerte de las personas».

Agregó que, en las numerosas causas en trámite, tanto el hecho del homicidio de Paulina, como la cadena de encubrimientos se van a agotar todas las vías procesales. No obstante, el Juez Romero Lascano dispuso que participen del juicio y -de hecho-, se sentaron en el rectángulo que rodea el Estrado judicial.
La audiencia continuó con planteos de la defensa de Virginia Mercado, ejercida por el abogado Abi Cheble. Luego de un informe técnico- psicológico pasaron dos testigos del día que Paulina y Virginia estuvieron en un boliche de la zona del Abasto de SMT.
La audiencia oral y pública continuará el lunes 3/8 desde las 8:00 AM donde se prevé que las partes expongan sus alegatos.




